NUEVA LEY HIPOTECARIA


La nueva Ley hipotecaria ofrece mayor protección para los clientes, resta responsabilidad a las entidades en los procesos de verificación y la traslada a los notarios y registrados.


Los clientes dispondrán de un plazo de 10 días para estudiar y revisar su contrato antes de firmarlo. En ese plazo, la entidad estudiara la situación financiera del consumidor y la capacidad para hacer frente al pago.

Notarios y registradores velaran por el cumplimiento de los requisitos proceso y debe garantizar que el prestatario el producto que se contrata y las condiciones.

Los gastos, salvo tasación serán asumidos por las entidades financieras, que serán quienes paguen gestoría, notaria, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el registro.

Se prohíbe la cláusula suelo. Las operaciones con intereses variables no se puede fijar un limite a la baja del tipo de interés. El fin es que el cliente se beneficie de las caídas del Euribor.

No se pueden vincular las hipotecas con otros productos que venden las entidades, como pueden ser: seguros de vida, seguros de hogar, tarjetas de crédito,... Pero si de pueden introducir bonificaciones por la contratación de otros productos.

Las comisiones de apertura se devengará una vez y englobará todos los gastos de estudio, tramitación y concesión. Las comisiones de amortización se reducen en 2% durante los 10 primeros años y 1'5% después de los 10 primeros años, y habrá que elegir el tipo de 3 o 5 años cuando su hipoteca sea a tipo variable.

Subrogación y novación. Se podrá subrogar sin costes, incluso préstamos ya concedidos. Entre las dos entidades habrá un mecanismo de compensación basado en los intereses cobrados y los pendientes. En cuanto a la novación si el hipotecado no esta conforme con las condiciones que firmo puede cambiarlas sin que la entidad cobre comisión.

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